El
juicio contra Juan Carlos Aguilar por el asesinato de Ada Otuya y Yenny
Sofía Revollo ha arrancado hoy en Bilbao bajo una gran expectación
mediática. Más de 119 periodistas acreditados han cubierto la primera
sesión, en la que la estrategia de defensa ha consistido en reconocer
los hechos para evitar que se indaguen circunstancias que agravarían la
pena, dado que la acusación particular (que señala que Aguilar no ha
mostrado arrepentimiento) quiere demostrar que actuó con ensañamiento.
El
proceso judicial plantea otro interrogante: cómo afectará la
nacionalidad de las víctimas (nigeriana y colombiana, respectivamente) y
su situación administrativa a la cuantía que reciban sus familias en
concepto de reparación del daño. El fiscal ha pedido 40 años de cárcel
para Aguilar y 286.000 euros de indemnización para las familias. El
acusado ha mostrado su voluntad de pagar con su patrimonio (actualmente
embargado), pero su valor no alcanza para cubrir esa cantidad y el
Estado español no se haría cargo de lo restante, dado que las víctimas
no eran nacionales. Nigeria y Colombia no figuran entre los Estados con
los que España mantiene acuerdos bilaterales para que respondan en los
casos en los que un condenado no puede pagar a la familia de la víctima
la indemnización completa.
Las
familias podrían solicitar en las Oficinas de Atención a la Víctima de
los juzgados las ayudas que contempla la Ley española 35/1995 de ayudas a
víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, explica la
abogada colaboradora de Amnistía Internacional, María Naredo. Pero en
esta ley figura como requisito demostrar “residencia habitual”. Naredo
denuncia que el reglamento de la ley añade la exigencia de tener permiso
de residencia, en vez de aceptar otras pruebas como el certificado de
empadronamiento. Revollo tenía permiso de residencia; Otuya se
encontraba en situación irregular, por lo que su familia, que tampoco ha
podido personarse en el juicio por falta de recursos económicos, no
podría beneficiarse de esta ayuda.
En
todo caso, la abogada critica “el agravio comparativo de que las
cuantías que fija esta ley (en torno a 100.000 euros) sean seis veces
menores que las que perciben las víctimas del terrorismo”. Reclama que
se cumpla “el principio de igualdad” para que las víctimas de diferentes
delitos contra los derechos humanos reciban el mismo apoyo,
independientemente de su nacionalidad y situación administrativa.
Ciudadanas de segunda; víctimas desprotegidas
Lo
truculento del caso despertó en los medios de comunicación interés pero
también morbo. El movimiento feminista denunció el “circo mediático e
institucional” que se formó tras la detención de Aguilar. La prensa se
centró en tratar de explicar los motivos del asesino confeso, y de las
víctimas se subrayó que se dedicaban a la prostitución. ”El tratamiento
fue muy sensacionalista. Las noticias se centraron en Juan Carlos
Aguilar: en que era profesor de artes marciales, si era maestro shaolín o
no, en sus vídeos. No se puso el acento en el sufrimiento de estas
mujeres y de las familias, en la mayoría de medios no se trató como un
caso de violencia machista, sino como un suceso en plan Jack el
Destripador”, lamenta Brigida Ridruejo, integrante de SOS Racismo
Bizkaia. La activista antirracista denuncia la escasa implicación
institucional y social contra la violencia machista, menor aún cuando
las víctimas son inmigradas: “La sociedad no se solidariza con estas
familias y el Estado no considera que tenga que responsabilizarse de
ellas como lo hace ante un atentado; las mujeres en general, y las
inmigrantes en concreto, seguimos siendo tratadas como ciudadanas de
segunda”.
Las
inmigrantes están a menudo más solas para enfrentarse a situaciones de
violencia, especialmente las que no cuentan con familiares a las que
recurrir para huir de un agresor o que cuiden a sus hijos, señala
Ridruejo. Si además no tienen papeles, denunciar implicará el riesgo de
ser expulsadas. En el caso de los delitos de trata, la concesión del
permiso de residencia a las víctimas queda supeditada a que estas
colaboren con la policía en la investigación contra sus proxenetas. En
el caso de la violencia de género en el contexto de la pareja, la
reforma de la Ley de Extranjería contempla conceder un permiso de
residencia temporal de un año, a la víctima que denuncie violencia de
género. Si el acusado es condenado, a la víctima se le proporciona la
tarjeta de residencia permanente. “Pero a veces ocurre que la abogada o
el abogado de la víctima no sabe de extranjería y no pide el permiso
temporal, o que después de tener el temporal, nadie les tramita el
permanente”, señala Ridruejo. Naredo añade que el Estado está
concediendo muy pocos permisos de residencia y trabajo a víctimas de
violencia de género (en torno a 200 al año) y recuerda que la mitad de
los acusados terminan siendo absueltos, por lo que muchas víctimas que
no han podido probar la violencia vuelven a quedar sin papeles o incluso
son expulsadas, como ocurrió en 2012 con una mujer que contaba con una
orden de protección.
“Se
hacen pequeñas reformas de las leyes, pero no se cambia el chip: la
policía sigue priorizando el control de la migración a la defensa de los
derechos humanos”, concluye Naredo