martes, 28 de abril de 2015

El juicio por los feminicidios de Ada y Yenny muestra la menor reparación económica cuando las víctimas son inmigrantes

Bilbao, 23 abril. 15, AmecoPress/Pikara Magazine. Si Juan Carlos Aguilar es condenado por doble asesinato, la situación administrativa de las víctimas condicionará la indemnización que reciban sus familias. Expertas en extranjería y violencia machista denuncian que las leyes españolas contemplan ayudas muy inferiores que las destinadas a víctimas del terrorismo y que exigen permisos de residencia.
El juicio contra Juan Carlos Aguilar por el asesinato de Ada Otuya y Yenny Sofía Revollo ha arrancado hoy en Bilbao bajo una gran expectación mediática. Más de 119 periodistas acreditados han cubierto la primera sesión, en la que la estrategia de defensa ha consistido en reconocer los hechos para evitar que se indaguen circunstancias que agravarían la pena, dado que la acusación particular (que señala que Aguilar no ha mostrado arrepentimiento) quiere demostrar que actuó con ensañamiento.
El proceso judicial plantea otro interrogante: cómo afectará la nacionalidad de las víctimas (nigeriana y colombiana, respectivamente) y su situación administrativa a la cuantía que reciban sus familias en concepto de reparación del daño. El fiscal ha pedido 40 años de cárcel para Aguilar y 286.000 euros de indemnización para las familias. El acusado ha mostrado su voluntad de pagar con su patrimonio (actualmente embargado), pero su valor no alcanza para cubrir esa cantidad y el Estado español no se haría cargo de lo restante, dado que las víctimas no eran nacionales. Nigeria y Colombia no figuran entre los Estados con los que España mantiene acuerdos bilaterales para que respondan en los casos en los que un condenado no puede pagar a la familia de la víctima la indemnización completa.
Las familias podrían solicitar en las Oficinas de Atención a la Víctima de los juzgados las ayudas que contempla la Ley española 35/1995 de ayudas a víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, explica la abogada colaboradora de Amnistía Internacional, María Naredo. Pero en esta ley figura como requisito demostrar “residencia habitual”. Naredo denuncia que el reglamento de la ley añade la exigencia de tener permiso de residencia, en vez de aceptar otras pruebas como el certificado de empadronamiento. Revollo tenía permiso de residencia; Otuya se encontraba en situación irregular, por lo que su familia, que tampoco ha podido personarse en el juicio por falta de recursos económicos, no podría beneficiarse de esta ayuda.
En todo caso, la abogada critica “el agravio comparativo de que las cuantías que fija esta ley (en torno a 100.000 euros) sean seis veces menores que las que perciben las víctimas del terrorismo”. Reclama que se cumpla “el principio de igualdad” para que las víctimas de diferentes delitos contra los derechos humanos reciban el mismo apoyo, independientemente de su nacionalidad y situación administrativa.
Ciudadanas de segunda; víctimas desprotegidas
Lo truculento del caso despertó en los medios de comunicación interés pero también morbo. El movimiento feminista denunció el “circo mediático e institucional” que se formó tras la detención de Aguilar. La prensa se centró en tratar de explicar los motivos del asesino confeso, y de las víctimas se subrayó que se dedicaban a la prostitución. ”El tratamiento fue muy sensacionalista. Las noticias se centraron en Juan Carlos Aguilar: en que era profesor de artes marciales, si era maestro shaolín o no, en sus vídeos. No se puso el acento en el sufrimiento de estas mujeres y de las familias, en la mayoría de medios no se trató como un caso de violencia machista, sino como un suceso en plan Jack el Destripador”, lamenta Brigida Ridruejo, integrante de SOS Racismo Bizkaia. La activista antirracista denuncia la escasa implicación institucional y social contra la violencia machista, menor aún cuando las víctimas son inmigradas: “La sociedad no se solidariza con estas familias y el Estado no considera que tenga que responsabilizarse de ellas como lo hace ante un atentado; las mujeres en general, y las inmigrantes en concreto, seguimos siendo tratadas como ciudadanas de segunda”.
Las inmigrantes están a menudo más solas para enfrentarse a situaciones de violencia, especialmente las que no cuentan con familiares a las que recurrir para huir de un agresor o que cuiden a sus hijos, señala Ridruejo. Si además no tienen papeles, denunciar implicará el riesgo de ser expulsadas. En el caso de los delitos de trata, la concesión del permiso de residencia a las víctimas queda supeditada a que estas colaboren con la policía en la investigación contra sus proxenetas. En el caso de la violencia de género en el contexto de la pareja, la reforma de la Ley de Extranjería contempla conceder un permiso de residencia temporal de un año, a la víctima que denuncie violencia de género. Si el acusado es condenado, a la víctima se le proporciona la tarjeta de residencia permanente. “Pero a veces ocurre que la abogada o el abogado de la víctima no sabe de extranjería y no pide el permiso temporal, o que después de tener el temporal, nadie les tramita el permanente”, señala Ridruejo. Naredo añade que el Estado está concediendo muy pocos permisos de residencia y trabajo a víctimas de violencia de género (en torno a 200 al año) y recuerda que la mitad de los acusados terminan siendo absueltos, por lo que muchas víctimas que no han podido probar la violencia vuelven a quedar sin papeles o incluso son expulsadas, como ocurrió en 2012 con una mujer que contaba con una orden de protección.
“Se hacen pequeñas reformas de las leyes, pero no se cambia el chip: la policía sigue priorizando el control de la migración a la defensa de los derechos humanos”, concluye Naredo

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